La Corte Suprema declaró inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, permitiendo a condenados a perpetua acceder a libertad condicional.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó un fallo de la Cámara de Casación Penal que declara inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, el cual impedía a los condenados a prisión perpetua acceder a la libertad condicional. Este caso se originó a partir de un recurso de un recurso presentado por la defensa de Sebastián Guerra, condenado por un homicidio en ocasión de robo ocurrido en Buenos Aires en 2012.
Los camaristas, entre ellos el exjuez fueguino Carlos Eugenio Sarrabayrousse, sostuvieron que la normativa debía garantizar el "derecho a la esperanza", argumentando que las penas de prisión deben tener un objetivo resocializador. Según el fallo, la posibilidad de un horizonte de libertad fomenta la rehabilitación, evitando que los condenados sean considerados “excluidos sociales de por vida”.
El fallo de la Corte no invalida la pena de prisión perpetua, como se había interpretado en algunos medios, sino que habilita la posibilidad de libertad condicional si los reclusos cumplen con las pautas de conducta establecidas y superan procesos de evaluación adecuados.
La decisión ha generado un amplio debate, ya que, aunque prioriza el fin resocializador de la pena, también plantea interrogantes sobre su impacto en la seguridad pública y en las víctimas.
Lo mejor es cagarlos a tiros cuando los crucen por la calle
ResponderBorrarvotaron al comehermana vllc
BorrarY VOS VOTASTE A LA CHORRA SICÓPATA CONDENADA, Y ABOGADA TRUCHA
BorrarYo volveré a votar por Milei con tal de que los peronchos no vuelvan más
BorrarQue tiene que ver idiota
BorrarViva la joda!!!
ResponderBorrarPobre che,si mato y pidió perdón ya esta...no ven que sufre porque no tiene esperanza ... cuanto abran puesto para que piensen así no? Pobres che ...
ResponderBorrarSe vienen las salidas de los dinosaurios.....jajajjaja son de manual
ResponderBorrar