El Congreso aprobo la vuelta de los feriados puentes.
El Senado aprobó el proyecto para restablecer los feriados puente, la nueva ley indica que el Poder Ejecutivo podrá fijar hasta tres feriados puente por año a partir de 2018. Por 59 votos a favor y una abstención. La iniciativa del legislador por Misiones Maurice Closs le da la potestad al Poder Ejecutivo para definir tres feriados que puedan ser trasladados para formar un fin de semana largo con el objetivo de fomentar el turismo interno.
La norma, que había sido aprobada por la Cámara de Diputados hacía dos semanas, busca restituir los feriados puente, que fueron eliminados en enero pasado por el decreto 52/2017 firmado por el presidente Mauricio Macri, pero ahora el oficialismo apoyó la propuesta de Closs, que propone el establecimiento de hasta tres feriados de ese tipo.
El proyecto mantiene la misma estructura de feriados inamovibles y trasladables pero agrega que el Poder Ejecutivo podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables que coincidan con los días lunes o viernes, con el fin de "promover la actividad turística". Según la iniciativa, el Poder Ejecutivo deberá establecer esos feriados con 50 días de antelación a la finalización del año calendario.
"Todos sabemos que en turismo, pasar los meses de mayo y junio es muy difícil", apuntó Closs, tras lo cual mencionó que el año próximo el 1 de mayo (Día del Trabajador) caerá martes, por lo que el Ejecutivo podría hacer que el 30 de abril sea feriado, para tener un fin de semana largo.
Por otro lado, la ley fijó los feriados inamovibles, los trasladables y los días no laborables de 2018:
Feriados Nacionales Inamovibles
1º de enero: Año Nuevo
Lunes y Martes de Carnaval.
24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Viernes Santo
2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
1º de mayo: Día del Trabajo.
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.
9 de julio: Día de la Independencia.
8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
25 de diciembre: Navidad
Feriados nacionales trasladables
17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín de Güemes.
17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín.
12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
Días no laborables
Jueves Santo
Para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días.
Para quienes profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
Vuelve la joda y rascarse el higo para los estatales y municipales
ResponderBorrarque pashaaa estas nerviosho o sos del privado .. cuack
BorrarL.T.A....
Borrar1 me voy a rascar el higo mientras vos laburas como esclavo. Besito chau!
BorrarY bueno me parece bien que a los estatales les sigan descontando el aporte solidario. Pero debería ser aún más todavía
ResponderBorrarY cuando se jubilen les paguen en 55%
Besis pelotuditos
Una medida populista para captar votos y ganar, para después no tener ni domingos!! Bota a la derecha!! Vota a conciencia
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